Revista Cuatrimestral “Conecta Libertad” Recibido (Received): 2017/06/09
Vol.1, Núm.2, pp. 54-59 Aceptado (Acepted): 2017/08/15
ISSN 2661-6904
56
cuidado de salud del individuo, familia y comunidad , tomando en cuenta promoción de
salud y prevención de la enfermedad y rehabilitación de las personas en general, debiendo
mantener al máximo el bienestar físico mental, social y espiritual de las personas. De allí se
el precepto de que la razón de ser de enfermería es el Cuidado Humano. Particularmente en
el Capítulo IX y X, se confiere a la Federación de Colegios Profesionales de Enfermería la
República Bolivariana de Venezuela y a sus respectivos colegios Regionales, atribuciones
para ejercer la representación legal del gremio de enfermería, hacer cumplir las leyes y luchar
por los derechos, intereses y beneficios profesionales de los mismos.
Entre los beneficios laborales del personal de enfermería trabaja en servicios de salud
privados, se pueden mencionar los turnos de trabajo de 6 horas diarias y 36 horas semanales,
disfrute de feriados, horas dispuestas para el descanso nocturno, 15 días para el disfrute de
vacaciones, descanso pre y postnatal, disfrute de horas de lactancia materna bonos nocturnos,
bono vacacional, y cesta ticket alimentaria. Adicional a estos beneficios mencionados, los
trabajadores del sector público a partir de la firma de la III Convención Colectiva de
Profesionales de Enfermería (2002) y la Convención Colectiva de Trabajo por Reunión de
Normativa Laboral para todos los Organismos Adscritos al Sector Salud (2013), se establece
el disfrute de permisos gremiales parciales y totales a los dirigentes de los Colegios
Regionales y representantes de la FCRBV, el disfrute de días adicionales al trabajar días
domingos y feriados, 1 día adicional de vacaciones por cada año de servicio, 1 día de
descanso por cumpleaños, 10 días de descanso trimestral, el pago de la evaluación de
desempeño, primas de antigüedad, de profesionalización, transporte, e hijos, la cancelación
de uniformes, bono por laborar los domingos y días feriados, y bonificación de fin de año,
entre otros.
Cabe destacar, que todos estos beneficios han sido alcanzados a partir del esfuerzo
obtenido por el movimiento gremial de la enfermería venezolana, no obstante, debido a la
crisis política, déficit de recursos materiales y económicos en hospitales y ambulatorios
públicos, el déficit de recursos de personal de enfermería, la devaluación de la moneda, la
hiperinflación que embarga el país, la impuntualidad en la cancelación de bonos, la
cancelación de salarios que son insuficientes para cubrir las necesidades mínimas para la
subsistencia, y la exposición constante a riesgos laborales, hacen que estos beneficios no sean
significativos y se observe un deterioro constante del personal de enfermería.
Resulta importante analizar, el déficit de recursos del personal de enfermería, el cual se debe
en gran parte a la falta de personal suplente que cubra el número de días libres al año que
disfruta el profesional de enfermería fijo de cada servicio. Esto es sustentado en la estimación
de recursos propuesta por Rebolledo-Zambrano (2010), quienes demuestran que por cada
enfermero que trabaja en unidades de salud de un hospital tipo IV, se obtiene un promedio
aproximado de 147 días libres/año, en donde al adicionar 30 días que otorga la Convención
Colectiva de Trabajo (MPPS y Entes adscritos, 2013), asignados por descanso trimestral, se
obtiene un total de 177 días libres al año. A partir de esto, se estima que los días laborados
por este personal, serían 188 (como resultado de la resta de 365días al año-177días libres).
Adicionalmente este déficit de recursos obedece a la migración y fuga de recursos de
enfermería hacia otros países, quienes reaccionan a la constante presencia de sobrecarga
laboral durante el turno de trabajo, déficit de material médico-quirúrgico destinado para la
atención de los usuarios, deficiencias del transporte público (lo que dificulta el traslado del